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RD 1627/1997

Marco legal y responsabilidad

La figura del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra es un requisito legal estricto bajo el Real Decreto 1627/1997. Su objetivo es articular y coordinar a todos los intervinientes para evitar interferencias de riesgo.

Responsabilidad administrativa

Sanciones económicas ante incumplimientos en las funciones de coordinación y control.

Responsabilidad civil

Indemnizaciones por los daños derivados de una coordinación negligente.

Responsabilidad penal

Penas que pueden llegar a prisión en casos de imprudencia grave con resultado lesivo.

Por eso es clave designar a un profesional solvente: una coordinación rigurosa protege a las personas de la obra y reduce la exposición legal del promotor.

¿Tu obra necesita un coordinador?

Cuéntame tu caso y te confirmo si estás obligado a designar coordinación y cómo puedo ayudarte.