RD 1627/1997
Marco legal y responsabilidad
La figura del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra es un requisito legal estricto bajo el Real Decreto 1627/1997. Su objetivo es articular y coordinar a todos los intervinientes para evitar interferencias de riesgo.
Responsabilidad administrativa
Sanciones económicas ante incumplimientos en las funciones de coordinación y control.
Responsabilidad civil
Indemnizaciones por los daños derivados de una coordinación negligente.
Responsabilidad penal
Penas que pueden llegar a prisión en casos de imprudencia grave con resultado lesivo.
Por eso es clave designar a un profesional solvente: una coordinación rigurosa protege a las personas de la obra y reduce la exposición legal del promotor.
¿Tu obra necesita un coordinador?
Cuéntame tu caso y te confirmo si estás obligado a designar coordinación y cómo puedo ayudarte.